«Todo acto a través de cualquier medio de comunicación, que de manera directa o indirecta, promueva estereotipos sexistas, haga apología de la violencia contra las mujeres y las niñas, produzca o permita la producción y difusión de discursos de odio sexista, discriminación de género o desigualdad entre mujeres y hombres, que cause daño a las mujeres y niñas de tipo sicológico, sexual, físico, económico, patrimonial o feminicida”.
Recientemente se aprobó por unanimidad la Ley Olimpia a nivel nacional, la cual castiga hasta con seis años de prisión a quienes violen la intimidad sexual de otra persona al divulgar, compartir, distribuir o publicar imágenes, videos o audios de contenido íntimo sexual sin su consentimiento, su aprobación o su autorización, y hasta nueve años si se trata de parejas, exparejas, familiares o amigos de las víctimas.
La ley fue originalmente impulsada por Olimpia, una joven de Puebla que fue víctima de este escenario y cuyo agresor quedó impune.
Fuente: https://m.excelsior.com.mx/nacional/aprueban-ley-olimpia-para-todo-el-pais-establecen-delito-en-el-codigo-penal-federal/1415366